COMITÉ DIRECTIVO NACIONAL

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COMITÉ DIRECTIVO NACIONAL DEL SUONTRAJ

3 ene 2011

¿SOCIALISMO SIN TRABAJADORES EN VENEZUELA?

Por: Luis M. Galviz*

Para tratar de responder a la pregunta que nos sirve de título; debemos detenernos brevemente, en las diferentes teorías y concepciones que sobre el Socialismo surgido en el Siglo XIX, se han elaborado.
En este aspecto, nos enmarcaremos, en las delimitaciones que sobre el Socialismo Contemporáneo, ha efectuado el llamado Materialismo-Histórico, bajo la óptica del Marxismo- Leninismo, que lo delimitó en: El Socialismo como experiencia real, que en otras palabras sería la experiencia de la construcción de la nueva sociedad socialista; el socialismo como movimiento socio-político y el socialismo como ideología. En ese sentido, también al socialismo, lo definen como una fase de transición al comunismo.
Ahora bien, Venezuela de acuerdo a su norma suprema, que es la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en su Título I de los Principios Fundamentales; se constituye en un Estado Democrático y Social de Derecho y de Justicia; destáquese que no se constituye en un Estado Socialista, en las versiones y tipos que durante el Siglo XX, se evidenciaron y fracasaron; siendo su ejemplo más conocido el de la extinta Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas; hoy en día, Federación Rusa.
 El actual, Presidente de la República, en su discurso del 25 de Febrero de 2005, a propósito de la IV Cumbre de la Deuda Social. Expresó que la revolución bolivariana debía ser socialista y del siglo XXI; concepto acuñado por el intelectual Heinz Dieterich Steffan, en su obra “El Socialismo del Siglo XXI”.
Indicado, lo precedente, es importante resaltar, que la propuesta para que Venezuela, se convierta en un Estado Socialista, no surgió de los movimientos y colectivos de trabajadores organizados; sino del Jefe de Estado, quien desde su alta posición, ha dado un “matiz” socialista a su gestión y gobierno; que para nada toca, la superestructura del Estado, definida en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
El 02 de diciembre del 2.007, el Consejo Nacional Electoral, organizado y ejecutó un Referéndum para la Reforma Parcial de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, tomando la propuesta llevada por el Jefe de Estado, a la Asamblea Nacional, que a su vez, acordó convocar el mencionado referéndum; mismo que no resultó aprobado por los electores venezolanos, en la oportunidad de su votación.
Pero no obstante, esta situación, la novísima Ley Orgánica de las Comunas, en su artículo 4, definió al Socialismo, en los siguientes términos:
“Es un modo de relaciones sociales de producción centrado en la convivencia solidaria y la satisfacción de necesidades materiales e intangibles de toda la sociedad, que tiene como base fundamental la recuperación del valor del trabajo como productor de bienes y servicios para satisfacer las necesidades humanas y lograr la suprema felicidad social y el desarrollo humano integral. Para ello es necesario el desarrollo de la propiedad social sobre los factores y medios de producción básicos y estratégicos que permita que todas las familias y los ciudadanos y ciudadanas venezolanos y venezolanas posean, usen y disfruten  de su patrimonio o propiedad individual o familiar, y ejerzan el pleno goce de sus derechos económicos, sociales, políticos y culturales.”
Nótese, la coincidencia de la definición legal antes citada, con lo conceptuado por Heinz Dieterich Steffan, en su obra “El Socialismo del Siglo XXI”, página 62, que aborda en detalle, qué sería para el Socialismo de Siglo XXI, en su fase de transición, el Valor del Trabajo:
…”La necesidad de determinar el valor objetivo de los productos, tal como estipuló la economía clásica, es conditio sine qua non del socialismo, cuyos postulados fundamentales son: a) la justicia social y, b) la democracia real participativa”…

Y, en la Ley de Consejos de Estadales Planificación y Coordinación de Políticas Públicas, también de reciente sanción legislativa, en su artículo 5, numeral 6, establece lo siguiente:

6. “Comunidad organizada: constituida por las expresiones organizativas populares de los movimientos y organizaciones sociales existentes en la comunidad, de: campesinos, trabajadores, juventud,  intelectuales, pescadores, deportistas, mujeres, cultores, indígenas y cualquier otra organización social de base, articulada a una instancia del Poder Popular debidamente reconocida por la Ley y registrada en el Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de participación ciudadana.”

Lo que denota, una nueva organización popular de s trabajadores, distinta a las organizaciones sindicales actualmente constituidas en Venezuela.
Ahora bien, los trabajadores venezolanos, se encuentran organizados en sindicatos, que configura, la principal estructura organizativa, que durante gran parte del Siglo XX, venezolano y lo que va del Siglo XXI; dio y ha dado respuesta a los trabajadores, en sus justas y continúas reclamaciones por mejores condiciones de empleo.
Necesario, es reiterar, que la direccionalidad del llamado Socialismo del Siglo XXI, no la tienen los trabajadores organizados, sino que la tienen altos personeros del actual gobierno, ubicados en las distintas ramas del poder público, sea Ejecutiva, Legislativa, Judicial, Electoral o Ciudadana; por lo que el Socialismo del Siglo XXI, podría constituir una imposición a los trabajadores venezolanos organizados en sindicatos.
Desde las altas esferas del Poder Público, barnizado con una alta dosis militarista; se obvia el rol protagónico, que las organizaciones sindicales, deben jugar en todo proceso revolucionario, que se pretenda socialista o comunista (en el supuesto que dicho proceso revolucionario se encuentre en desarrollo); por lo que se les ataca desde todo punto de vista, sobre todo sí se trata de sindicatos del sector público, con trayectorias de luchas y conquistas laborales, y esta omisión histórica, pareciera tener la lógica de que no se necesitan tener a los trabajadores organizados en sindicatos, para lograr los fines de la construcción del Socialismo del Siglo XXI en Venezuela.
Esa lógica, ha producido el desconocimiento sistemático de los sindicatos, como representantes de los trabajadores en los procedimientos de negociaciones colectivas, para ello, las autoridades que ejercen el poder público, han utilizados varias modalidades, para impedir que los sindicatos, puedan cumplir la función social de velar y defender a los trabajadores que se encuentran afiliados a los mismos; a saber estas modalidades consisten: a) en no atender ni dar respuesta oficial a las peticiones y solicitudes, formuladas por los representantes sindicales, b) no discutir convenciones colectivas en el sector público, c) maniobrar para que los sindicatos caigan en mora electoral, lo que limita la representación de los trabajadores en procesos de negociación colectiva, pliegos conflictivos o conciliatorios, d) desconocer a las autoridades de las juntas directivas de los sindicatos, no alineados con el partido de gobierno y, e) la aplicación de prácticas antisindicales; consistentes en despidos de sindicalistas, sin el menor respeto al fuero sindical; la judicialización o criminalización de las luchas sindicales, limitaciones para el ejercicio de actividades o acciones sindicales, en los sitios de trabajo, centros o sedes, la discriminación política, entre una gran gama de prácticas antisindicales, que se despliegan en contra de las organizaciones sindicales.
En Venezuela, no podrá darse un proceso revolucionario socialista, si los trabajadores organizados en sindicatos no lo impulsan; tal como lo ha señalado un alto funcionario público del actual gobierno, reconociendo que no existe el socialismo en Venezuela, expresó que: "Si queremos decir que estamos en una patria socialista, si queremos avanzar hacia la propiedad social de los medios de producción, debemos contar con una clase obrera organizada y consciente que asuma el rol protagónico y de vanguardia".
Luego, sin trabajadores organizados, no puede darse un proceso revolucionario socialista, ni siquiera del tipo del denominado del Siglo XXI, por lo que se está corriendo el riesgo cierto, que Venezuela derive en un gobierno de tipo personalista, autoritario y gendarme; lo que además podría conllevar a una regresión histórica, de los avances alcanzados, por los sindicatos progresistas y revolucionarios, que tienen décadas propugnando por un Mudo Mejor y más humano.
Un socialismo que imponga una elite, bien por la vía de las armas o por la fuerza de la ley, no constituye un proceso democrático ni revolucionario, con participación de la clase trabajadora, como el motor de la historia, en la transformación de la sociedad; sino un nuevo tipo de represión social, aplicada a través de reformas constitucionales o legislativas; con lo que se da al traste con los verdaderos procesos revolucionarios, que sectores progresistas de la sociedad aguardan que se produzcan, cuando estén las condiciones objetivas y subjetivas dadas, en una sociedad y tiempo determinado.
Los trabajadores siempre serán trabajadores; así se le pretenda solapar el nombre llamándolos: misioneros, brigadistas, reservistas, cooperativistas, consejeros, soldados, refugiados o cualquier otro nombre que se invente; puesto que su condición de trabajadores deviene de su desgaste físico y mental, en el proceso productivo, o simplemente cuando trabaja, procurando el bienestar de su grupo familiar.
Ante esta coyuntura que atraviesa Venezuela, corresponde, desde los sindicatos constituidos, seguir exigiendo a cualquier patrono sea público o privado, mejores salarios, mejores condiciones de trabajo y la negociación de los contratos colectivos; sin dejar de lado, la posición política-sindical que deberá asumirse de manera frontal, en su debida oportunidad.


*Presidente Nacional del SUONTRAJ y Secretario Ejecutivo de la Confederación Latinoamericana de Trabajadores del Poder Judicial (CLTPJ)