martes 21 de junio de 2011 12:00 AM
Aunque saludó la decisión del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de arrebatarle al Presidente de la República la potestad de ordenar el enjuiciamiento de generales y almirantes que le conferían dos artículos del Código Orgánico de Justicia Militar, el catedrático Alberto Arteaga Sánchez cuestionó que el máximo juzgado haya reformado el texto, pues esa es función exclusiva de la Asamblea Nacional.
Sin embargo, lamentó que el máximo juzgado no hubiera declarado inconstitucional el texto en su conjunto, por considerarlo violatorio de la Constitución, pues "consagra un sistema paralelo de justicia que permite que allí se juzguen a civiles y a militares retirados, siendo así que los tribunales militares solo pueden conocer de delitos militares y y éstos solo pueden ser cometidos por quienes están sujetos a la subordinación, obediencia y disciplina militar"; y además contiene normas discriminatorias como la que sanciona la homosexualidad (artículo 565). JFA