COMITÉ DIRECTIVO NACIONAL

COMITÉ DIRECTIVO NACIONAL
COMITÉ DIRECTIVO NACIONAL DEL SUONTRAJ

6 may 2011

El PODER JUDICIAL VENEZOLANO COMO INSTITUCIÓN DISCIPLINADA Y DISCIPLINARIA CONDUCE A LA ESCLAVITUD LABORAL DE LOS TRIBUNALICIOS

Por Luis Martín Galviz*

En un contexto general, la sociedad venezolana contemporánea, cada vez más se perfila, como una sociedad dominada por la cúpula gobernante. La vigilancia y control del gobierno, sobre los ciudadanos, ha sido perfeccionada con la incorporación de nuevas tecnologías que operan a lo interno de los diferentes procedimientos sociales, que conllevan que los ciudadanos se sometan voluntariamente al poder político de la Élite Gobernante.

Esto ocurre, sin que la mayoría de los venezolanos se den cuenta de ello. Por lo que los efectos a corto, mediano y largo plazo, serán percibidos como algo “natural” y no habrá resistencia, puesto que se aceptará como “normal” el hecho que el Estado discipline a los individuos que componen a la sociedad; cuando lo cierto es que la libertad individual y colectiva está siendo dominada conforme lo disponga el poder político ejercido por el actual Gobierno Revolucionario y Socialista.

La dominación política, ya se ha concretizado en las principales instituciones del Estado, que son los cinco poderes: Ejecutivo, Legislativo, Judicial, Electoral y Ciudadano, en los que se divide el Poder Público Nacional.

En los actuales momentos en Venezuela, los ámbitos cultural, educativo, judicial, social, económico y político, se encuentran afectados, por la nueva ideología dominante, que se está imponiendo a través del ejercicio del Poder Político.

Un ejemplo de esta situación, lo constituye el hecho, de la aceptación colectiva, con una moderada resistencia de parte de algunos sectores de la sociedad, de un significativo número de leyes denominadas socialistas y revolucionarias, decretadas de manera inconstitucional; unas por la Asamblea Nacional, con mayoría oficialista y otras por vía de Ley Habilitante, por el Presidente de la República.

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, aprobada mediante referéndum constituyente el 15 de diciembre de 1.999, no establece el carácter socialista de la sociedad venezolana, debido a esto, toda ley, decreto, resolución o acto administrativo, que invoque al socialismo, como elemento esencial y fundamental de la sociedad, se constituye en irrito e inconstitucional.

En el caso concreto del Poder Judicial, el 5 de febrero, en el acto de apertura de las actividades judiciales del año 2011, a través de un Discurso de Orden, se proclamó el socialismo en el Poder Judicial, con lo que quedó claro y evidente, que este Poder Público, encargado de velar por la correcta aplicación e interpretación de la Constitución y las leyes, contribuirá con sus actuaciones jurisdiccionales, en la impuesta construcción de una sociedad socialista, no prevista ni regida por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Una grave consecuencia, de la proclamación inconstitucional del socialismo en el Poder Judicial, que no es más que el resultado de un proceso interno, adelantado de manera “invisible” por algunas de las cabezas del Poder Judicial; es que el Poder Judicial, en primer lugar se apresta a sancionar, cualquier conducta que sea considerada anti socialista y a poner a la orden de la construcción de una sociedad socialista la estructura y el aparato judicial venezolano.

El impacto de lo anterior en la masa trabajadora (jueces, empleados y obreros) del Poder Judicial, ha sido devastador; primero se comenzó por afectar en forma negativa, la autonomía, independencia y estabilidad de los jueces; y en segundo lugar, el incumplimiento y eliminación de los derechos laborales y la estabilidad de todos los trabajadores judiciales (empelados y obreros).

El Poder Judicial, se ha convertido en una institución pública disciplinada y disciplinaria, al servicio del gobierno revolucionario y socialista.

Es una institución disciplinada, porque sus máximas autoridades se encuentran subordinadas a los designios y ordenes, que le sean emanadas de la élite gobernante, no es casual ni justicia que todas las demandas interpuestas por sectores de oposición en contra de las leyes dizque revolucionarias y socialistas, hayan sido declaradas sin lugar, o desestimadas por meros formalismos, o por la adopción de criterios jurídicos aplicados de manera sobrevenida.

Asimismo, el Poder Judicial, es una institución disciplinaria en dos sentidos: El primero consiste, en disciplinar judicialmente a los ciudadanos, que se resistan o se opongan a la imposición de la construcción de una llamada sociedad socialista; y ello lo cumple emitiendo sentencias favorables a la élite gobernante y desechando o desestimando las demandas o denuncias que contra los miembros de esa élite, son interpuestas.

Y, en segundo lugar es una institución disciplinaria “puertas adentro”, pues a través de continuos procesos de reestructuración y reorganización administrativa, se ha llevado a efecto un proceso de “depuración laboral”, que ha consistido en detectar y expulsar del Poder Judicial, a los trabajadores (jueces, empleados y obreros), que aparezcan en las tristemente celebres Listas Maisanta I y II, como contrarios al gobierno socialista y revolucionario; este tipo de discriminación política, ha sido solapado con la aplicación de despidos injustificados, con base a una ficción jurídica, que califica a los cargos del Poder Judicial, como de confianza y en consecuencia de libre nombramiento y remoción.

Asimismo, la vigilancia y control hacia los trabajadores, que aun conservan sus puestos de trabajo en el Poder Judicial, es ejercida constantemente, a través de una Oficina de Seguridad adscrita a la Dirección Ejecutiva de la Magistratura (OSDEM), que cuenta con amplias facultades otorgadas por las altas autoridades del Poder Judicial, para investigar a los trabajadores en todo su entorno laboral, y posiblemente también en su vida privada y familiar, y ha sido dotada con modernos equipos de comunicación y tecnológicos. Esta Oficina de Seguridad, tiene desplegados a sus agentes, en todo el territorio nacional, con sedes dentro de las diferentes dependencias judiciales y administrativas.

Esta vigilancia y control aplicada por la OSDEM, ha generado un efecto panóptico; sobre los trabajadores del Poder Judicial; pues la vigilancia no sólo es de parte de los agentes de seguridad, hacia los trabajadores, sino también de parte de algunos superiores inmediatos, que se han convertido en vigilantes del comportamiento laboral del personal tribunalicio y administrativo.

La terrible situación que consiste, en sentirse vigilado y controlado, durante el tiempo que dura la jornada de trabajo o desde que se ingresa al sitio de labores habituales y hasta la salida del mismo; ya esta causando estragos, en la salud física y psicológico de los trabajadores.

La política disciplinaria, implementada por las máximas autoridades del Tribunal Supremo de Justicia y Dirección Ejecutiva de la Magistratura; ha desmovilizado a la mayoría de los trabajadores del Poder Judicial, sumada a las prácticas antisindicales y despidos de dirigentes sindicales protegidos por Fuero Sindical; han hecho mella en la capacidad de exigencia de los derechos laborales y colectivos en el ámbito del Poder Judicial.

Lamentablemente, a los trabajadores judiciales, se les está sometiendo a una moderna esclavitud laboral, sin que muchos de ellos, se hayan dado cuenta de tan grave e inhumana situación. Para el patrono judicial, lo que importa realmente, es que los tribunalicoos trabajen y produzcan, sin tomar en cuenta, las condiciones en las que laboran, las bajas remuneraciones que perciben ni el deterioro a la salud mental y física, como consecuencia de la violencia en el trabajo; además de los estrictos controles de vigilancia del ambiente del trabajo.

El sistema de control y vigilancia, tiene aparejado toda una gama de castigos que de manera injusta y sin un debido proceso que garantice el Derecho Humano a la Defensa, son aplicados por todos los supervisores inmediatos de los trabajadores; algunos de esos castigos son:

1. Prohibición del uso de teléfonos celulares o del teléfono fijo de la oficina durante toda la jornada de trabajo; en algunos sitios, se les decomisa ilegalmente los aparatos celulares a los trabajadores, a su ingreso a su puesto de trabajo, y le son devueltos a su retiro del mismo.
2. Descuento de salarios y tickets de alimentación, sin que se haya instaurado previamente un proceso disciplinario, que garantice el Derecho a la Defensa.
3. Obligación de reincorporarse a laborar, cuando se está de reposo médico, por los médicos tratantes, sí estos no son confirmados por el Servicio Médico de la DEM.
4. Prohibición expresa de participar en asambleas o actividades sindicales, convocadas por los sindicatos a los cuales están afiliados los trabajadores.
5. Obligación de laborar tiempo extraordinario a la jornada de trabajo legalmente establecida, sin recibir contraprestación salarial alguna, bajo amenaza de sanción disciplinaria.
6. Prohibición de salir a almorzar fuera del lugar donde se cumple la jornada de trabajo
7. Obligación de asistir a los actos de carácter político, convocados por el partido de gobierno bajo amenaza de sanción disciplinaria.
8. Prohibición de disfrutar de vacaciones cumplido un año de servicio, imponiendo el supervisor la fecha en la que los trabajadores pueden gozar de las mismas.
9. Negativa para disfrutar los permisos remunerados previstos en la Cláusula 22 de la Convención Colectiva vigente.
10. Prohibición de reunión entre compañeros de trabajo, durante la jornada laboral.
11. La aplicación de despidos injustificados, sin procedimiento previo que otorgue el Derecho a la Defensa.
12. Obligación a prestar labores en ambientes inseguros e inadecuados.

Resulta luego, que la esclavitud laboral moderna, aplicada de manera sofisticada y efectiva, basada en la necesidad cierta que tienen los trabajadores de vender su fuerza de trabajo al Poder Judicial, por un salario y así satisfacer medianamente algunas necesidades fundamentales del propio trabajador como de su familia inmediata; está presente en todo el Poder Judicial Venezolano.

La única forma de libertarse de esa esclavitud laboral, es la unidad de los trabajadores, sabiéndose mayoría frente al reducido número de esclavistas laborales modernos; y levantando con fuerza la voz ante la misma, exigiendo respeto y dignidad para todos los trabajadores tribunalicios, que implica remuneraciones dignas y decentes, respeto a la estabilidad laboral, cumplimiento efectivo de la Convención Colectiva, y sobre todas las cosas respeto absoluto a la condición humana de cada uno de los hombres y mujeres, que laboran para el Poder Judicial Venezolano.

En la antigüedad, los esclavos, conquistaron su libertad sublevándose y luchando contra sus dueños; en estos tiempos modernos, la libertad de la esclavitud laboral impuesta por el Poder Judicial Venezolano, se logrará en lo individual exigiendo el cumplimiento de cada uno de los derechos laborales, y en lo colectivo los trabajadores deben nuclearse en los sindicatos progresistas y democráticos, no oficialistas, para hacer valer la voz contundente de la masa de trabajadores, contra los neo-esclavistas, que pretenden adueñarse del tiempo laboral y derechos de los trabajadores tribunalicios.

Por esta razón la consigna es:
“ABAJO LAS CADENAS DE LA INJUSTICIA
EN EL PODER JUDICIAL VENEZOLANO”



Abogado, Trabajador Social, Presidente del SUONTRAJ, Secretario Ejecutivo de la Confederación Latinoamericana de Trabajadores del Poder Judicial y Coordinador de la Red de Judiciales de la Sub-Región Andina de la Internacional de Servicios Públicos (ISP)