No obstante, juristas consideran necesario agotar la vía del máximo juzgado
JUAN FRANCISCO ALONSO | EL UNIVERSAL
domingo 19 de diciembre de 2010 12:00 AM
La esperanza es lo último que se pierde. Así reza el refrán. Sin embargo, aquel que aún cree que el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) puede revertir la decisión de la Asamblea Nacional de otorgarle al presidente Hugo Chávez poderes especiales para legislar durante 18 meses y en temas que van desde la agricultura, infraestructura, mercado de valores o telecomunicaciones, pues no debería hacerse muchas ilusiones.
Hace casi diez años la Sala Constitucional ya dejó en claro que las llamadas leyes habilitantes pueden ser amplias tanto en su contenido como en su duración en el tiempo.
En su sentencia número 1.719, fechada en septiembre de 2001, la cual fue redactada por el hoy fallecido Antonio García García y aprobada por unanimidad, se afirmó: "La nueva Carta Magna -al contrario de lo previsto en la Constitución de 1961- estableció formalmente en su artículo 236, numeral 8, la posibilidad de que la Asamblea Nacional delegue su potestad normativa al presidente de la República, sin ningún tipo de límites de contenido. No obstante, se observa que la referida norma constitucional no solamente plantea la inexistencia de límites materiales para la habilitación legislativa en cuanto al objeto o contenido de la ley, sino que además, tampoco establece limitación en cuanto a la jerarquía de la norma legal, motivo por el cual esta Sala considera que el Presidente de la República, en ejercicio de tal habilitación, podría dictar no sólo leyes ordinarias, sino también leyes orgánicas".
No obstante este pronunciamiento el ex presidente de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Carlos Ayala Corao; y el abogado administrativista Luis Alfonso Herrera consideran necesario acudir ante el máximo juzgado.
"Aún cuando tenemos motivos para creer que no dejará a un lado su jurisprudencia hay que agotar todas las vías, porque ha habido casos en los que los jueces que han sido designados por una tendencia política han terminado adoptando decisiones en contra de él", afirmó Ayala.
Por su parte, Herrera señaló: "No habría que descartar introducir demandas de nulidad contra la Ley Habilitante para dejar constancia de la parcialidad de esa Sala ante una ley que cesa la división de poderes y el Estado democráticos y de Derecho y agotar la vía interna para poder acudir ante las instancias internacionales".
El experto indicó que es contrario a la Carta Magna y los tratados internacionales que se permita al Jefe del Estado dictar leyes que creen delitos y establezcan sanciones o aquellas que regulan derechos humanos y poderes públicos (orgánicas) porque son materias reservadas a los parlamentos.