Yo, MARIO ARTENIO NASPE RUDAS de
nacionalidad venezolana, mayor de edad, de estado civil soltero, civilmente
hábil, domiciliado en la Ciudad de San José de Barlovento del Municipio Páez
del Estado Miranda, padre de familia y portador de la Cédula de Identidad N° V-6.324.338, estando en pleno uso de
mis facultades mentales y sentidos,
libre de toda coacción o instigación, declaro y juro mediante el
presente Documento Privado, que en
esta fecha de manera voluntaria, he decidido iniciar una Huelga de Hambre de carácter indefinido y hasta sus últimas
consecuencias, a las puertas de la Sede del PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO (PNUD), ubicada
en la Urbanización Los Palos Grandes, en del Municipio Chacao del Estado
Bolivariano de Miranda, con el objetivo que la República Bolivariana de
Venezuela, por Órgano de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura (DEM) del
Tribunal Supremo de Justicia y por Órgano de la Procuraduría General de la
República, reconozca legal y convencionalmente mi Derecho Constitucional y mi
Derecho Humano a la estabilidad laboral, que me fue violentado mediante Acto
Administrativo contenido en la Resolución Nº 285 de fecha 10 de septiembre de
2.009, emanada de la Dirección Ejecutiva
de la Magistratura y suscrita por el ciudadano abogado FRANCISCO JOSÉ RAMOS
MARÍN, en su condición de Director
Ejecutivo de la Magistratura, notificada formal y personalmente en fecha 18 de septiembre de 2.009;
a través de la cual fui REMOVIDO y RETIRADO del cargo de ASISTENTE DE
TRIBUNAL adscrito al Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial
del Estado Anzoátegui y asimismo, se me vulneró el derecho social y humano a
que se me diera una oportuna y debida respuesta de conformidad con lo previsto
en el Artículo 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela,
toda vez que con fecha 24 de Marzo de 2.006, efectué ante la División de
Jubilaciones y Pensiones – Dirección de Servicios al Personal de la Dirección
General de Recursos Humanos de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura la SOLICITUD DE JUBILACIÓN ESPECIAL O POR
VÍA DE GRACIA, a la cual tengo pleno derecho de acuerdo a lo previsto
en las Normas que regularán los planes y beneficios de jubilación de carácter
especial, para los Jueces y Juezas, Defensores Públicos y defensoras Pública, Inspectores
de Tribunales Inspectoras de Tribunales,
funcionarios y empleados administrativos al servicio de la Dirección Ejecutiva
de la Magistratura y del Poder Judicial, aprobadas por la Sala Plena del
Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela,
publicadas en la Gaceta Oficial del República Bolivariana de Venezuela Nº
38.339 de fecha 20 de Diciembre de 2.005.
De
igual forma, hago valer a mi favor, la
SENTENCIA dictada por el JUZGADO
SUPERIOR SEXTO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL, en fecha 14 de Julio del 2.010, que declaró
PARCIALMENTE CON LUGAR, la
querella funcionarial, interpuesta por mi persona en contra el Acto
Administrativo contenido en la Resolución Nº 285 de fecha 10 de septiembre de 2.009,
emanada de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura y suscrita por el
ciudadano abogado FRANCISCO JOSÉ RAMOS MARÍN, en su condición de Director Ejecutivo de la Magistratura, notificada
formal y personalmente en fecha 18 de septiembre de 2.009; a través de la cual fui REMOVIDO y
RETIRADO del cargo de ASISTENTE
DE TRIBUNAL adscrito al Circuito
Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui y el
Informe 357° emitido por el Comité de Libertad Sindical – Consejo de
Administración de la Oficina Internacional del Trabajo (OIT) de fechado en
Ginebra, junio de 2010, que recomendó al Gobierno de la República Bolivariana
de Venezuela, mi reenganche y reposición a mi puesto de trabajo (entre otros compañeros) del que fui ilegal e
inconstitucionalmente removido y retirado y con violación a mi Derecho Humano y
Social a ser jubilado de manera especial
por cumplir con todos los requisitos exigidos para ello.
Declaro bajo fe de juramento que no cesaré la Huelga
de Hambre que en este día inicio, sino hasta que la República
Bolivariana de Venezuela, por Órgano de la Dirección Ejecutiva de la
Magistratura (DEM) del Tribunal Supremo de Justicia y por Órgano de la
Procuraduría General de la República, de manera expresa, escrita y mediante
acta que se levante al efecto, se comprometa a reengancharme en mi puesto de
trabajo y se comprometa a tramitar y otorgar a mi favor el beneficio de
Jubilación Especial, toda vez que cumplo con todos los requisitos de forma y de
fondo contenidos en las Normas que regularán los planes y beneficios de
jubilación de carácter especial, para los Jueces y Juezas, Defensores Públicos
y Defensoras Pública, Inspectores de Tribunales
Inspectoras de Tribunales, funcionarios y empleados administrativos al
servicio de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura y del Poder Judicial,
aprobadas por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia de la República
Bolivariana de Venezuela, publicadas en la Gaceta Oficial del República
Bolivariana de Venezuela Nº 38.339 de fecha 20 de Diciembre de 2.005.
En
este acto también designo como mi representante ante la Dirección Ejecutiva de
la Magistratura (DEM) del Tribunal Supremo de Justicia, Procuraduría General de
la República, Defensoría del Pueblo, Fiscalía General de la República, Asamblea
Nacional, Vicepresidencia de la República, Presidencia de la República y ante
cualquier otra autoridad pública o privada nacional o internacional y ante
cualquier Medio de Comunicación Social Público y Privado Nacional e
Internacional, para que suscriba a mi nombre cualquier documento o acta que
recoja los acuerdos conciliatorios, convencionales o legales a mi favor, a los
que se pudiera llegar, como consecuencia de la Huelga de Hambre que hoy inicio;
al ciudadano abogado y persona de mi entera confianza LUIS MARTÍN GALVIZ, en su carácter de Presidente del Comité
Directivo Nacional del SINDICATO
UNITARIO ORGANIZADO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(SUONTRAJ) quien es venezolano, mayor de edad, casado, de este domicilio,
titular de la Cédula de Identidad N°
V-10.522.678 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo el Número de
Matricula 104.802
Declaro
que mi decisión firme e irrevocable de iniciar esta Huelga de Hambre de
carácter indefinido, la he tomado estando plenamente consciente y sano uso de
mis facultades mentales, y en conocimiento de los riesgos que la misma implica
a mi salud física y mental, debido a mi grave situación socioeconómica y
familiar, a la que he estado sometido junto a mi grupo familiar, producto de la
remoción injusta, arbitraria, ilegal e constitucional que me fue aplicada por
el Director Ejecutivo de la Magistratura ciudadano Francisco José Ramos Marín
en fecha 18 de septiembre del 2,009; quien en todo caso, será el verdadero
responsable de todas las consecuencias que se deriven en perjuicio de mi salud
física y mental, por la Huelga de Hambre que he decidido comenzar.
Por
último ruego a Dios, que me ayude en esta difícil decisión que mi situación
socioeconómica y familiar, me ha obligado a tomar.
Declaración que hago bajo fe de juramento, en Caracas, a
los 04 días del mes de Diciembre de 2012.
MARIO ARTENIO NASPE RUDAS
Cédula de Identidad N° V-6.324.338