COMITÉ DIRECTIVO NACIONAL

COMITÉ DIRECTIVO NACIONAL
COMITÉ DIRECTIVO NACIONAL DEL SUONTRAJ

25 jul 2011

SUONTRAJ RECLAMA Y EXIGE ANTE LA DEM CUMPLIMIENTO DE DERECHOS Y BENEFICIOS LABORALES

El Abogado Luis M. Galviz, en su carácter de Presidente del COMITÉ DIRECTIVO NACIONAL y a nombre del  SUONTRAJ efectuó los siguientes reclamos y exigencias ante el Director Ejecutivo de la Magistratura:

         1.- Protestamos y reclamamos enérgicamente que la Dirección General de Recursos Humanos y la División de Bienestar Social no dé estricto cumplimiento a lo pactado en el Numeral 8 (Plan Vacacional) de la Cláusula 33 de la Segunda Convención Colectiva de los Empleados de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, afectando en forma muy negativa a la totalidad de los hijos e hijas de los trabajadores de la Administración de Justicia de Venezuela, por lo que exigimos a que se cumpla con lo convenido legalmente.
         2.- Exigimos información veraz, cierta y verificable en cuanto a la solicitud de crédito adicional efectuada por la Dirección Ejecutiva de la Magistratura ante la Oficina Nacional de Presupuesto (ONAPRE), destinado a cumplir con derechos y beneficios laborales.
         3.- Reclamamos y exigimos que se cumpla con el pago del 45% de aumento lineal para todos los trabajadores y trabajadoras de la Administración de Justicia, tal como lo preceptúa la Cláusula 31-4 de la Segunda Convención Colectiva de los Empleados de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura.
         4.- Reclamamos y exigimos a que se pague a todos los trabajadores y trabajadoras de la Administración de Justicia la prima de mérito período 2010-2011 vencida desde el 01 de abril del 2.011, de conformidad con la Cláusula 15 (Prima de Mérito) de la Segunda Convención Colectiva de los Empleados de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura.
         5.- Exigimos el pago inmediato de los 48 días adeudados por concepto aguinaldos 2.009 y los 132 días de aguinaldo del año 2.010, dejados de pagar por el Empleador, en forma arbitraria y violando un derecho adquirido de todos los trabajadores y trabajadoras de la Administración de Justicia de Ven4zuela
         6.- Exigimos de conformidad con la Cláusula 53 de la Segunda Convención Colectiva de los Empleados de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura y artículo 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que se dé respuesta oportuna a lo requerido en Comunicaciones consignadas ante el despacho del Director Ejecutivo de la Magistratura, mediante las cuales se  efectuó una Propuesta de Tabulador salarial y se presentó un Informe relativo a los casos de dirigentes sindicales y trabajadores injustamente despedidos durante los últimos tres (3) años en el Poder Judicial y Dirección Ejecutiva de la Magistratura.

         Nos reservamos seguir incluyendo reclamos de violaciones a los derechos y beneficios de los trabajadores y trabajadoras de la Administración de Justicia.