COMITÉ DIRECTIVO NACIONAL

COMITÉ DIRECTIVO NACIONAL
COMITÉ DIRECTIVO NACIONAL DEL SUONTRAJ

10 abr 2010

NEOFASCISMO JUDICIAL EN LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Por: Luis Martín Galviz (*)
 El fascismo se basa en un Estado Omnipotente o Todopoderoso, que dice actuar a nombre del pueblo que personifica, y ejecuta su autoridad a través de la violencia, la represión y la propaganda; orientando lo educativo, lo político,  lo cultural,  lo social, lo económico y  lo jurídico de la sociedad donde es impuesto; este terrible sistema político ideológico, surgió en Europa, después de la Primera Guerra Mundial, en la Italia del dictador Benito Mussolini y también fue instaurado en la Alemania Nazi y en la España de Francisco Franco.

En estos tiempos, se habla de neofascismo, que vendría a ser el fascismo, pero presentado en una versión moderna, con algunas variantes, pero conservando las características esenciales de aquél, conocido e implementado en el Siglo XX, en el continente europeo.

Venezuela es un país latinoamericano, que en la última década, viene sufriendo cambios a nivel de su base material, como en el ámbito de su superestructura política, ideológica, económica, cultural, y por supuesto jurídica; con respecto al reacomodo en la superestructura jurídica, se pueden hacer la siguiente caracterización objetiva y subjetiva:

El Maestros de Maestros Don Luis Beltrán Prieto Figueroa, a principios de los años sesenta del siglo pasado, siendo Presidente del Congreso de la República, expresó a propósito de la primera elección de los integrantes de la extinta Corte Suprema de Justicia, que había sido escogida una Corte “cojitranca”; criticando la selección de abogados, para ser Magistrados del Más Alto Tribunal de la República, que no cumplían con los requisitos para ocupar tan altas investiduras jurisdiccionales.

Lo anterior se suscitó en el marco de la vigencia de la Constitución Nacional de 1961, aprobada y promulgada, después de la caída del dictador Marcos Evangelista Pérez Jiménez  a finales de los años cincuenta; y la historia judicial, luego demostraría que el Maestro Prieto, no se había equivocado en su caracterización inicial, muy criolla, pero nada alejada de la realidad; puesto que el Poder Judicial, fue ¿es? uno de los poderes públicos, en que la corrupción, se institucionalizó, de tal manera, que ya para la segunda mitad de la década de los años 90, los jueces tenían precio y tarifa, según el libro “Cuánto Vale un Juez” del autor y periodista William Ojeda, que le costó una condena penal; y que a la postre en el año 1999, generó una Emergencia Judicial, cuyo fin era la erradicación de la corrupción y la depuración del Sistema Judicial Venezolano.

La llegada del Siglo XXI, trajo consigo una nueva Constitución para Venezuela, aprobada por una Asamblea Nacional Constituyente, que fuera electa el 25 de Julio de 1.999, impulsada por el Presidente de la República recién electo en 1.998.

Con la Constitución Bolivariana, a partir del año 2.000, comenzaron los cambios, digamos estructurales, en el Sistema de Administración de Justicia:

a)     La supresión del Consejo de la Judicatura.
b)     El cambio de nombre de la Corte Suprema de Justicia por el de Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela.
c)      La constitución transitoria de una Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial.
d)     La Creación de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia.
e)     La implementación de la figura de Circuitos y Coordinaciones Judiciales.
f)       La Participación Ciudadana en la Administración de Justicia, los juicios con jurados y escabinos.
g)     La creación de tres nuevas Salas: La Constitucional, la de Casación Social y la Electoral del Tribunal Supremo de Justicia.
h)     Surge la Defensa Pública como organismo con autonomía funcional, administrativa y financiera.
i)        La adscripción de la Inspectoría General de Tribunales y de la Escuela Nacional de la Magistratura, directamente al Tribunal Supremo de Justicia.


Luego resulta lógico observar, que la Constitución Bolivariana, ordenó  transformaciones en la superestructura jurídica del país, que se han cumplido en los primeros diez años de vigencia de la Constitución de 1.999.

En cuanto a cómo, las autoridades y el gobierno judicial, han llevado a delante los cambios en el Poder Judicial y su afectación en los trabajadores judiciales, se centrará ahora la atención.

Desde el inicio de la vigencia de la  Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el gobierno judicial de turno, ha utilizado el procedimiento de “Re-estructuración” que tal como su forma gramatical indica, supone tomar una estructura constituida, y generar en sí misma, una especie de reacomodo o enrosque institucional e interno, para producir cambios en la superestructura jurídica.

Esos diferentes procedimientos o procesos de “Re-estructuración” implementados por el gobierno judicial, sí bien es cierto, que las estructuras administrativas y los órganos jurisdiccionales, han experimentados cambios, en el ámbito del Poder Judicial; no es menos cierto que las personas que laboran para el Sistema de Administración de Justicia, han sido arrastradas, cual piezas de una maquinaria, al destino último de ésta, que no es otro que su descarte y reemplazo.

Es decir, sí el proceso de “Re-estructuración” ordena la supresión de una determinada categoría de tribunales, esa supresión conlleva a una eliminación de la estabilidad laboral y de los derechos laborales, de los trabajadores judiciales que prestan sus servicios en esos tribunales objetos de supresión administrativa; pareciera importar poco los seres humanos, que trabajan en el Poder Judicial, lo que evidencia que lo importante es la “Re-estructuración”, es decir el reacomodo o enrosque de la estructura jurisdiccional o administrativa.

El gobierno judicial, en la primera década del Siglo XXI, ha flexibilizado de una manera sensible las relaciones de trabajo judicial; puesto que a través de los procesos de “Re-estructuración” ejecutados y avalados casi en todos los casos en fallos, dictado por jueces de lo contencioso administrativo.

No tan solo, ha logrado reacomodos y/o enrosques en la superestructura jurídica, sino que los trabajadores y trabajadoras, vienen siendo reemplazados en un número considerable, por otros que son contratados en condiciones menos favorables; asimismo, la violencia laboral y la represión, son los mecanismos fundamentales con los que el ente empleador impone sus ordenes y reglas, a los actuales y entrantes trabajadores judiciales, que deben vender su fuerza de trabajo por un devaluado y depreciado salario.

En lo atinente a las organizaciones sindicales clasistas y progresistas que afilian y representan a los trabajadores judiciales, la política del gobierno judicial, está dirigida hacia su desconocimiento y limitar o anular su capacidad sindical para accionar, en la defensa de los derechos e intereses de la masa de trabajadores, en franca violación al Derecho Humano a la Libertad Sindical.

Los despidos injustos y arbitrarios de los que vienen siendo objeto los  directivos del SUONTRAJ y SUNEP-JUDICATURA, responden en primer lugar a prácticas antisindicales, dirigidas a la neutralización de esa organizaciones sindicales, y en segundo lugar para afectar de manera sensible la moral de los trabajadores judiciales, y para la silenciar la vocería organizada.

Las prácticas antisindicales son ejercidas con tal violencia por parte del gobierno judicial, que en nada se diferencia a los métodos utilizados por el extinto Consejo de la Judicatura, salvo por la alta dosis de neofascismo intrínsecas en ellas.

Hasta la fecha once directivos del SUONTRAJ, se encuentran en situación de despido injusto, uno esta sometido a procedimiento disciplinario y penal, y el resto de la directiva se encuentra bajo amenaza cierta de ser afectado en su estabilidad cuando lo disponga el gobierno judicial.

El SUNEP-JUDICATURA, presenta dos directivos sindicales despedidos, y los demás directivos amenazados.

Se han dado casos de allanamientos y clausura de sedes sindicales seccionales; descuentos de sueldos y demás conceptos salariales, sin la garantía de un debido proceso y el derecho a la defensa.

Existe vigilancia y seguimiento constante por parte de los agentes de seguridad interna y de los aparatos represivos del Estado de las actividades sindicales que cumplen los directivos del SUONTRAJ y SUNEP-JUDICATURA.

El gobierno judicial, unilateralmente suspende los derechos de los directivos sindicales en el ejercicio de sus funciones, tales como la negativa de otorgar las licencias y permisos sindicales y el desconocimiento de las organizaciones sindicales, para la representación efectiva de los trabajadores en la defensa de sus derechos laborales

El neofascismo judicial, que se traduce en violencia laboral y represión, están presentes en los procesos de “Re-estructuración” que implementa el patrono judicial.

Hay neofascismo judicial, cuando los trabajadores deben laborar bajo condiciones de violencia y represión, tales como:

1)                             La eliminación de todos los permisos remunerados incluyendo el de lactancia, contemplado en la cláusula 22 de la convención colectiva vigente.
2)                             La aplicación de una sanción pecuniaria, como el descuento del bono o ticket de alimentación, sí se llega con un (1) MINUTO de retardo, esta sanción además de ser a todas luces desproporcionada, violenta la cláusula 10 de la convención colectiva, que permite la llegada tarde por motivos justificados hasta por treinta (30) minutos en tres (3) oportunidades en el transcurso de un mes calendario.
3)                             La amenaza de ser sometido a un procedimiento disciplinario de destitución sí se llega con un (1) MINUTO de retardo, en tres (3) oportunidades.
4)                             La coacción para que se labore en condiciones inseguras y no aptas para trabajar, vulnerándose lo establecido en la Ley Orgánica de Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo y su Reglamento.
5)                             La aplicación de despidos sin que se respete el derecho a la estabilidad laboral, a la inamovilidad laboral y fueron sindical.
6)                             La prohibición expresa del ejercicio de los derechos sindicales, como por ejemplo participar en asambleas o reuniones de índole sindical o afiliarse algún sindicato.
7)                             La no conformación de los reposos médicos, a los trabajadores que el empleador ha decidido despedir o destituir del cargo, y el acortamiento de los reposos, para el cumplimiento de tratamientos otorgados por los médicos tratantes de los trabajadores.
8)                             La prohibición para que entre compañeros de trabajo, puedan sostener conversaciones dentro del sitio de labores.
9)                             El no cumplimiento de los beneficios sociales, socioeconómicos y económicos previstos en la convención colectiva vigente.
10)                         El no depósito de la prestación de antigüedad e intereses desde el 01/10/2006, y hasta la presente fecha, violando la Ley Orgánica del Trabajo vigente.
11)                         La desmejora de la Póliza de HCM.
12)          La imposición de sanciones disciplinarias por motivos fútiles y desproporcionados a los trabajadores judiciales.
13)                         El despido del trabajo sin derecho a la defensa, por decisión o a solicitud del supervisor inmediato
14)                         La clausura, previo allanamiento de sedes sindicales y con destrucción de documentos reservados del sindicato por parte de agentes de la seguridad interna.
15)                         El seguimiento a los directivos sindicales por parte de agentes adscritos a los aparatos represivos del Estado.

La República Bolivariana de Venezuela, presenta neofascismo judicial, en su gobierno judicial y en su superestructura jurídica, no darse cuenta de esta realidad es tratar de tapar el círculo solar con un dedo, la violencia y la represión que hoy en día en forma deliberada, se aplica en perjuicio de los trabajadores judiciales venezolanos, con el tiempo, terminará en producir un legitimo deseo de liberación de los neofascistas judiciales.

Cada día el descontento en la clase trabajadora tribunalicia, se acrecienta, y aquellos trabajadores judiciales que al principio de la primera década de este Siglo XXI, cifraban sus esperanzas en un futuro mejor, lleno paz, respeto a los derechos humanos y una excelente calidad de vida; hoy ven frustradas sus aspiraciones legítimas; el gobierno judicial, por más que pretenda crear situaciones ficticias en contra de la masa laboral, no podrá ocultar jamás tanta violencia y represión, que se ejerce en contra de trabajadores judiciales, que así como otros muchos trabajadores, piden y luchan todos los días por UN MUNDO Y UN PAÍS MEJOR.

NO AL FASCISMO JUDICIAL
NO A LA VIOLENCIA LABORAL
NO A LA REPRESIÓN.

(*) Presidente del SUONTRAJ, Abogado y Trabajador Social.



9 abr 2010

SEGUNDA GRAN MOVILIZACIÓN DE JUBILADOS, PENSIONADOS Y TRABAJADORES ACTIVOS DEL PODER JUDICIAL VENEZOLANO


El SUONTRAJ felicita a todos aquellos jubilados, pensionados y trabajadores activos que hicieron acto de presencia militante en la Gran Movilización realizada en la DEM, el pasado 7/4/2010, y les invita a seguir Movilizados por su Derechos laborales y adquiridos.

Por acuerdo de los presentes y participantes en la Primera Movilización, se CONVOCA a estar presente en la SEGUNDA GRAN MOVILIZACIÓN DE JUBILADOS, PENSIONADOS Y TRABAJADORES ACTIVOS DEL PODER JUDICIAL VENEZOLANO, el próximo día MIÉRCOLES, 14 DE ABRIL DE 2.010, en el PALACIO DE JUSTICIA, ESQUINA DE CRUZ, A CARACAS. A PARTIR DE LAS 10: 00 AM Y HASTA LAS 02:00 PM.

Los objetivos de esta SEGUNDA GRAN MOVILIZACIÓN, siguen siendo:

1.- Exigir el pago inmediato de todas las deudas pendientes y adeudadas a lo trabajadores activos, jubilados y pensionados, tales como:
1.1. Pago de los 48 días que forman de los 132 días del aguinaldo complementario 2009.
1.2. Pago de la recurrencia del aumento del 30% en los 132 del aguinaldo complementario del año 2008.
1.3. Pago de las prestaciones sociales, sus intereses y fideicomiso pendiente desde el 01 de octubre de 2.006 hasta la presente fecha.
1.4. Loa aumentos salariales Decretados por el Presidente de la República durante los años 2008, 2009 y 2010, de conformidad como disponela cláusula 31-4 de la segunda convención colectiva.
1.5. Pago del Bono Indemnizatorio por retardo en la firma de la tercera convención colectiva aprobado en Acta de fecha 09 de abril de 2.008.
1.6. Pago de las horas extras, comisiones de servicio internas, suplencias, viáticos, guarderías y prescolares y acreencias no prescritas.
1.7. Pago de Becas, Ayudas Escolares, Ayudas para Niños Excepcionales.
1.8. Dotación de Uniformes del año 2009 y 2010, para todo el personal activo.

2. La NO desmejora de la Póliza de Hospitalización, Cirugía y Maternidad (HCM).
2.1. La restitución inmediata del monto de Bs. 2.500. 00 para las ordenes de medicamentos.
2.2. La extensión de la Red Clínicas Afiliadas.
2.3. La agilización en el otorgamiento de las Claves de Emergencias
2.4. El pronto pago de los Gastos Ambulatorios.

3. El incremento del Bono Asistencial que perciben los trabajadores jubilados y pensionados a Bs. 1.500,00 por trimestres.

4. La dotación de Carnets y Credenciales a todos los trabajadores, activos, jubilados y pensionados.

5. La inmediata instalación de la Comisón Negociadora de la Tercera Convención Colectiva, de conformidad con lo previsto en los convenios 87 y 98 de la OIT, Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Ley Orgánica del Trabajo y su Reglamento.

6. Exigimos el inmedaito reenganche y pago de salarios caídos de todos los trabajadores (as) y directivos sidnicales arbitrariamente despedidos por el proceso de reestructuración.

7. Exigir el cese inmediato de la política sistemática de TERRORISMO LABORAL que ejecuta la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, las Direcciones Administrativas Regionales, Presidencias de Circuitos, Rectorías y Jefes de Despachos Judiciales.

8. Exigir la eliminación de la prácticas antisindicales que implementa la Dirección Ejecutiva de la Magistratura en contra de los trabajadores y las organizaciones sindicales progresitas y clasistas que hacen vida en el Poder Judicial venezolano.

9. Exigir el respeto a la Carrera Judicial y Admnistrativa en el Poder Judicial y DEM.
9.1. Exigir la entrega del certificado de Carrera Judicial y Administrativa.

Solictamos a los trabajadores activos, jubilados y pensionados, nos informen acerca de cualquier otra violación laboral o desmejora no contemplada arriba.

MOVILIZÁTE POR TUS DERECHOS Y CONTRA EL TERRORISMO LABORAL.

TE ESPERAMOS EL 14 DE ABRIL DE 2010 A LA SEGUNDA GRAN MOVILIZACIÓN DE JUBILADOS, PENSIONADOS Y TRABAJADORES ACTIVOS.

Lugar: PALACIO DE JUSTICIA, ESQUINA DE CRUZ VERDE, CARACAS
Hora: A PARTIR DE LAS 10:00 AM Y HASTA LAS 02: 00 PM

5 abr 2010

Trabajadores tribunalicios se movilizan el próximo miércoles por sus derechos

Lunes 05/04/2010 - 22:43 
Logo Suontraj
Por: 
 Laclase.info/CCURA
Desde el 9 de Junio de 2007 se encuentra vencida la 2da. Convención Colectiva que ampara a los 19.500 trabajadores y trabajadoras activas del Poder Judicial, a los más de 6.000 jubilados y pensionados y que es extensiva a los casi 3.000 contratados de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura – Tribunal Supremo de Justicia.
Esta dilación significa, para la clase trabajadora en la administración de justicia venezolana, un franco retroceso en sus condiciones de vida, pues han sido pospuestas de forma indefinida, las posibilidades de alcanzar nuevas reivindicaciones, mientras se deterioran las que lograron años atrás. Además, estos trabajadores y trabajadoras han visto mermar sus remuneraciones, pues no les han aplicado los incrementos al salario mínimo, decretados en los últimos 3 años por el Ejecutivo Nacional, en vista que la Dirección Ejecutiva de la Magistratura incumple la cláusula 31 de la convención colectiva, que establece el pago de la nivelación salarial anual. Se les adeuda a la fecha una parte del bono complementario de fin de año 2009, las horas extras y el Fidecomiso desde el año 2006.
Los jubilados y pensionados denuncian especialmente que desde el pasado mes de enero, se redujo el beneficio del seguro de hospitalización, cirugía y maternidad, pues las órdenes de medicinas bajaron a Bsf. 500,00 al mes, así como también bajó en un 40% la cobertura para exámenes, tratamientos médicos de enfermedades terminales e intervenciones quirúrgicas.
El personal activo denuncia la generalización del terrorismo laboral, ahora justificado con la restricción del horario en virtud del “ahorro energético”, pues si en la jornada regular ya era muy difícil cumplir con el volumen de trabajo diario, porque los tribunales son insuficientes para una población cada vez mayor en el país, ahora con 5 horas de trabajo al día, aumentó el estrés, las enfermedades gástricas y nerviosas junto con las exigencias y amenazas permanentes de los Jueces, Coordinadores y Presidentes de Circuito, quienes atemorizan al personal judicial con reemplazarlos por estudiantes de la Universidad Bolivariana “afectos al gobierno”. Además, la corrupción administrativa de las autoridades de la DEM-TSJ, denunciada ante el Poder Moral por los dirigentes sindicales hoy despedidos, se constata en la inexistencia de condiciones idóneas de trabajo en la mayor parte de las sedes judiciales venezolanas: hacinamiento, sillas y escritos dañados, instalaciones sin ventilación.
Para colmo, existe una escandalosa violación a la libertad sindical, que no se veía desde la década de los ’90 en el sector, toda vez que fueron despedidos los trabajadores Francisco Cermeño, Stevenson Freites y Mario Naspe, integrantes del Comité Directivo Nacional del Sindicato Unitario Organizado Nacional de Trabajadores de la Administración de Justicia (SUONTRAJ) y los Directivos Seccionales María Esther Santamaría (Anzoátegui), Kennedy Bolívar y Alcides Sánchez (de Caracas) y Javier Arvelo (Miranda). Estos dirigentes obtuvieron pronunciamientos favorables en las Inspectorías del Trabajo, ordenándose su reenganche, pero la Dirección Ejecutiva de la Magistratura hizo caso omiso a las órdenes de las autoridades del Trabajo. El caso fue denunciado el pasado 7 de marzo ante el Comité de Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo, lo cual se une con la crítica situación de prácticas antisindicales existentes en el sector desde el año 2000, cuando fueron también despedidos los dirigentes del SUONTRAJ, Oscar Romero (Directivo Nacional) e Isidro Ríos (Directivo de la Seccional Zulia), sin contar las jubilaciones compulsivas, renuncias forzosas y la razzia desatada de manera general hacia la estabilidad laboral, bajo el falso argumento de una reestructuración que sólo sirvió para acabar con los puestos de trabajo de más de 500 trabajadores.
¡¡¡Una vez más se escuchará el grito de justicia, justicia para el trabajador de la justicia!!!
Ante esta situación se realizará una concentración de trabajadores activos, jubilados y pensionados del Poder Judicial
el próximo miércoles 7 de Abril, Av. Libertador, Dirección Ejecutiva de la Magistratura, Chacao.

Fuente:httpvimiento-obrero/

4 abr 2010

¡¡¡¡ AHORA O NUNCA !!!

¡¡¡Como en recientes épocas pasadas lo hicimos, es la hora de asumir nuevamente la movilización en la calle y explotar con mil canciones y consignas, junto al rearme de nuestra radiante fuerza, unitaria y bonita, en la cara misma del patrono más inescrupuloso y mediocre que haya tenido la clase trabajadora de la administración justicia en Venezuela!!!
¡¡¡Ahora o nunca, para enfrentar a la DEM-TSJ que ha pretendido acabar con las conquistas históricas del SUONTRAJ y hacernos retroceder desmejorando nuestras condiciones de vida!!!
¡¡¡Ahora o nunca, pues nuestra presencia en la concentración del 7 de abril de 2010, a partir de las 9:00 AM, nos va a permitir denunciar una vez más las humillaciones y vejámenes que hoy se cometen contra el personal activo y que afecta a jubilados y pensionados!!!
¡¡¡Ahora o nunca, porque es nuestro deber respaldar activamente lo que se ha venido desenmascarando desde hace algún tiempo, ante el país y el mundo: la injusticia laboral de esta mal llamada administración de justicia venezolana!!!
¡¡¡Ahora o nunca, compañeros y compañeras, pues estamos en la obligación de aportar con nuestro esfuerzo, para doblarle la mano al patrono y acabar con el espantoso escenario de terrorismo laboral, hoy impuesto por la DEM-TSJ, sólo conocido en los tiempos fundacionales de la Organización Nacional de Trabajadores Tribunalicios (ONTRAT), entre los años 1988-1991, hace casi 20 años!!!

Quienes laborábamos en el Poder Judicial o en el extinto Consejo de la Judicatura en ese momento, recordamos con claridad que fue la UNIDAD de la clase trabajadora, sin distingos, sin color político de ninguna naturaleza, con el desprendimiento que proviene de la más genuina convicción por lo que estábamos peleando con dientes y uñas, con la tranquila confianza que generaba la justeza de nuestras exigencias, con la esperanza puesta en la lucha por un mundo mejor para nosotros y nuestras familias, con esa certeza de victoria fuimos, luchamos y ganamos. Poco a poco, pero ganamos. Avanzamos y a veces retrocedimos, preservando nuestras fuerzas, pero a la final, ganamos!
¡¡¡Ahora o nunca debemos desempolvar aquella, nuestra única arma: la UNIDAD! Sólo nuestra UNIDAD, derrotó violentas arremetidas!!!
¡¡¡Ahora o nunca, debemos movilizarnos para que no se repita aquella página oscura de la historia reciente de lucha sindical en el ámbito judicial, cuando en Estados se impusieron medidas disciplinarias masivas de destitución (Táchira, Anzoátegui, Yaracuy, Lara) y muchos directivos sindicales, sufrimos en carne propia una y varias veces, los despidos!!!
¡¡¡Ahora o nunca debemos hacernos sentir en la lucha contra las reeditadas medidas que pretenden acabar con los derechos laborales colectivos!!!
¡¡¡ Ahora o nunca, debemos defender lo que es parte de nuestro patrimonio histórico como clase trabajadora, pues logramos acabar con aquellas espadas de Damocles que los Magistrados y tras ellos, los gobiernos de turno, fallidamente pretendieron colocar sobre nuestras cabezas para atemorizarnos (hayan sido Magistrados copeyanos, adecos, masistas, qué importa...igual eran representantes del patrono y eso sí estaba bien clarito para nosotros, como clase trabajadora).
¡¡¡Ahora o nunca, para que retrocedan los que pretender acabar con nuestra contratación colectiva y que nos cancelan las deudas, pues con la devaluación de la moneda y la inflación, los Tribunalicios estamos empobrecidos económicamente!!!
¡¡¡Ahora o nunca, pues esa convención colectiva se la arrancamos al gobierno y al patrono con mucho sudor, dolor y despidos, desde 1993, cuando hicimos la huelga más larga de la historia (hasta ese entonces)!!!
¡¡¡Ahora o nunca, debemos defender nuestro derecho a la convención colectiva, como lo hicimos ayer en la calle, peleando duro y como lo ratificamos luego, a través de nuestra representación sindical en las mesas de conversaciones con el patrono de entonces, mediante diversos procesos de lucha en 1995, 1996, 1997 y 2005!!!
¡¡¡Ahora o nunca debemos exigir el cumplimiento a nuestra contratación colectiva, lo que implica apoyar la discusión y firma del nuevo contrato ya y rechazar categóricamente las maniobras dilatorias gubernamentales que han pospuesto el disfrute de las nuevas reivindicaciones desde el año 2007: casi 3 años son más que suficientes, para que el patrono entregue al Ejecutivo Nacional, un simple estudio de costos!!!
¡¡¡Ahora o nunca, pues no aceptaremos que esas conquistas nuestras, sean pisoteadas en esta primera década del siglo XXI!!!
¡¡¡Ahora o nunca, para reivindicar y garantizar el respeto a la estabilidad laboral y la restitución en sus puestos de trabajo de los cientos de trabajadores despedidos!!!
¡¡¡Ahora o nunca, debemos recordarle a la representación patronal que la farsa de la reestructuración, es sencillamente la repetición de la reforma al Estatuto del Personal Judicial cuando se agregó una nueva causal de destitución: la paralización de actividades en cualquiera de sus formas o mejor dicho, cuando el ejercicio del derecho a la huelga se penalizó estatutariamente con la amenaza de destituciones (Gaceta Oficial No. 34.439 del 29/03/1990, artículos 38, 43 parte in fine y parágrafo único del artículo 45 del Estatuto del Personal Judicial).
¡¡¡Ahora o nunca, porque la reestructuración del Poder Judicial sea real y no un mecanismo de chantaje, que sólo buscó la genuflexión de trabajadores y jueces ante una concepción déspota del poder y además corrupta, revanchista y reaccionaria!!!
¡¡¡Ahora o nunca, por el respeto al fuero sindical y el cumplimiento a las providencias que ordenan el reenganche de TODOS los compañeros y compañeras sindicalistas destituidos arbitrariamente!!!
¡¡¡Ahora o nunca, por el respeto a las condiciones y medio ambiente del trabajo en todos los tribunales, defensorías públicas y demás órganos del Poder Judicial en Venezuela y en la estructura administrativa (DAR-DEM y Regiones de la Defensa Pública), exigimos respeto y acatamiento a lo dispuesto en la LOPCYMAT!!!
¡¡¡Ahora o nunca, por el cese al intervencionismo patronal y gubernamental en la vida interna de SUONTRAJ!!!
¡¡¡Ahora o nunca, por la Libertad Sindical!!!

MARIA DE LA ESPERANZA HERMIDA MORENO
C.I. 5522392
Ex Presidenta de SUONTRAJ
Historiadora UCV, Especialista en Trabajo y Desarrollo Sustentable (CMT-OIT),
Maestría en curso en Ciencias del Trabajo UC

17 mar 2010

SECCIONAL DE JUBILADOS Y PENSIONADOS DEL SUONTRAJ, CONVOCA A UNA GRAN MOVILIZACIÓN PARA EL DÍA 07 DE ABRIL DE 2.010

Este miércoles, 17 de Marzo, se reunió en forma extraordinaria y urgente, el Comité Directivo de la Seccional Nacional de Jubilados y Pensionados del SUONTRAJ, integrado por las compañeras Ligia González de Rivas Presidenta, Irina Troconis Sec. de Organización, Loaida Velazquez Sec. de Actas y Propaganda y por el compañero Iván Concha Sec. de Finanzas; la reunión se llevó a efecto en la sede nacional del SUONTRAJ, ubicada en la ciudad de Caracas; en dicha reunión participó también como invitado el compañero Luis Galviz, Presidente del Comité Directivo Nacional del SUONTRAJ.


Una vez instalada la reunión extraordinaria, los asistentes pasaron revista a las graves violaciones a los derechos y demás beneficios socioeconómicos de los jubilados y pensionados, dependientes de la Administración de Justicia venezolana, en las que incurre la Dirección Ejecutiva de la Magistratura del Tribunal Supremo de Justicia, dirigida por el abg. Francisco Ramos Marín.

Realizaron una evaluación en cuanto a :

1.- Situación de la discusión de la Segunda Convención Colectiva,

2.- Desmejora de la Póliza de HCM, en lo que respecta a las ordenes de medicamentos, y su incertidumbre ante el vencimiento de la misma.

3- La falta de incremento del Bono Asistencial- Recreativo,

4.- El no cumplimiento de los Aumentos Salariales Decretados por el Ejecutivo Nacional durante los años 2009 y 2010,

5.- El no pago de los 48 días restantes de los 132 días del aguinaldo complementario de 2.010 y la recurrencia del incremento salarial del 30% en los 132 de aguinaldo complementario del 2.008,

6.- La falta de dotación de Carnet para los jubilados y pensionados;, y.

7- La solidaridad que darán los jubilados y pensionados, al personal activo que viene siendo objeto de terrorismo laboral por parte de las autoridades de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura y sus representantes regionales y la solidaridad hacia los 8 directivos del SUONTRAJ, injustamente retirados del servicio en el Poder Judicial, saber. Kennedy Bolívar, (Caracas Este) Alcides Sánchez, (Caracas Civiles) María Esther Santamaría (Anzoátegui Norte), Stevenson Freites, (Altos Mirandinos) Francisco Cermeño (Mérida), Mario Naspe (Anzoátegui Norte), Javier Arvelo (Altos Mirandinos) y Richard Navas (Carabobo) .

Como medidas de carácter inmediato a ejecutar se acordaron las siguientes:

Primero: Convocar a todos los jubilados y pensionados del Poder Judicial, Dirección Ejecutiva de la Magistratura, Defensa Pública, Inspectoría General de Tribunales, Escuela Nacional de la Magistratura y Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial, a una Gran Movilización el próximo miércoles, 7 de abril de 2.010, hacia la Sede Central de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, ubicada en Chacao, estado Miranda, a fin de exigir el pago de todo lo adeudado al personal jubilado y pensionado y personal activo, para protestar pacíficamente por la no desmejora de la Póliza de HCM, para que se restablezca el monto de las ordenes de medicamentos a Bs. 2.500,00, para que sea incrementado de manera significativa el Bono Asistencial - Recreativo a Bs. 1.500,00 por trimestre, para que la DEM cumpla con Decretos Presidenciales de Aumento Salarial de los años 2009 y 2010 y para que se respete la Libertad Sindical y Fuero Sindical en la Administración de Justicia en Venezuela.

Segundo: Mantener en forma permanente informados a los jubilados y pensionados en el ámbito nacional a través de boletines, notas de prensa Blogs del SUONTRAJ, acerca de la marcha de las acciones a ejecutar y en cuanto al cumplimiento de las mismas.

Tercero: Solicitar una Audiencia a la Magistrada Luisa Estella Morales Lamuño, Presidenta del Tribunal Supremo de Justicia, a fin de comunicarle las inquietudes, denuncias, quejas y exigencias de los jubilados y pensionados de la Administración de Justicia.

Cuarto: Apoyar de manera solidaria y militante, las acciones sindicales que el Comité Directivo Nacional y las Seccionales del SUONTRAJ, aprueben en contra de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, por la violación a la Libertad Sindical y la Negociación Colectiva.

Quinto: Dirigir una Casta Abierta al ciudadano Presidente de la República, Presidenta de la Asamblea Nacional, Presidenta del Consejo Moral Republicano y Presidenta y demás Magistrados de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia

Sexto: Realizar la Convocatoria a la Gran Movilización de Jubilados y Pensionados de la Administración de Justicia de Venezuela, a través de la Prensa Nacional y medios electrónicos de los que dispone el SUONTRAJ.



POR EL COMITÉ DIRECTIVO SECIONAL NACIONAL DE

JUBILADOS Y PENSIONADOS DEL SUONTRAJ



LIGIA GONZÁLEZ DE RIVAS

PRESIDENTA



IRINA TROCONIS SEC. DE ORGANIZACÓN
IVAN CONCHA SEC. DE FINANZAS
LOAIDA VELAZQUEZ SEC. DE ACTAS Y PROPAGANDA



Foto 1


Foto 2
Foto 3


Leyenda:

Foto1: Compañera Ligia González de Rivas Presidenta de la Seccional de Jubilados y Pensionados del SUONTRAJ.

Foto 2: De izquierda a derecha: Ivan Concha, Irina Troconis, Ligia González de Rivas y Loaida Velazquez.

Foto 3: De izquierda a derecha: Irina Troconis. Ligia González de Rivas, Luis Galviz, Loaida Velazquez e Ivan Concha.



TERRORISMO LABORAL EN EL PODER JUDICIAL VENEZOLANO EN EL SIGLO XXI








Por: Luis Martín Galviz (*)

En términos generales, el terrorismo es el control, la dominación o la explotación que se ejerce con la intención de causar terror (entiéndanse miedo, pánico, angustia. ansiedad o desesperación) en una persona, en un grupo o en una sociedad; a través de cualquier forma de actuación; esas actuaciones pueden aplicarse con mucha sutileza o hasta la vulneración extrema de los derechos de la persona humana, en todo caso, el objetivo es el de producir un daño físico, moral o psicológico; sí el afectado o afectados no son sumisos u obedientes, o sí desacatan las ordenes que le son impartidas por el terrorista.

            También el terrorismo tiene una connotación en el ámbito de los grupos alzados en armas que alegando la reivindicación de un derecho social o político o simplemente en la realización de un crimen individual o colectivo, generan miedo o pánico, en sociedades, como la colombiana, donde los grupos terroristas de narcotraficantes, paramilitares o guerrilleros, mantienen en zozobra a la población civil y angustia constante..

            Una de las modalidades del terrorismo, se da en las sociedades capitalistas, en la lucha de los trabajadores y trabajadoras, por mejores salarios y condiciones de empleo, que expresan las contradicciones obrero – patronales, propias de un sistema de explotación de hombre por el hombre.

Este tipo de terrorismo en el mundo del trabajo, esencialmente es aplicado por los Empleadores Públicos o Privados, en perjuicio de la masa de trabajadores y trabajadoras, que forzados por sobrevivir, deben vender sus fuerzas de trabajo (destáquese sudor, músculos y neuronas), por un mísero salario, a los Capitalistas de Estado o Capitalistas Burgueses y Neoliberales,  que los explotan y dominan.

            El terrorismo laboral en la primera década del Siglo XXI, ha tenido un repunte negativo en las relaciones y políticas laborales, que implementa el Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, a través de su Dirección Ejecutiva de la Magistratura, Organismo éste último encargado de administrar, dirigir y gobernar el Poder Judicial en Venezuela.
            A raíz de la puesta en vigencia de una nueva Constitución Nacional, aprobada por la población electoral a través de un referéndum el 15 de diciembre de 1.999; se decretó la supresión del extinto Consejo de la Judicatura, que en vigencia de la Constitución de 1961, y que fuera expresamente derogada con la nueva; era el Organismo que administraba el Poder Judicial.

            Con la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela de 1.999, se estableció que la cabeza del Poder Judicial sería el Tribunal Supremo de Justicia, que venía a sustituir a la extinta Corte Suprema de Justicia, y que ejercería el Gobierno, Administración y Dirección del Poder Judicial, por medio de una Dirección Ejecutiva de la Magistratura, que estaría subordinada a las directrices e instrucciones  de ese Máximo Tribunal de la República.

            Durante la discusión de los artículos de la nueva Constitución Nacional, por parte de la Asamblea Nacional Constituyente, electa por el pueblo electoral el 25 de julio de 1.999; en el mes de agosto de ese mismo año, fue emitido un Decreto de Emergencia Judicial, que ordenó la creación de una Comisión de Emergencia Judicial, que ostentó en su momento, poderes públicos supraconstitucionales y además ese Decreto, suspendió la estabilidad laboral de todo el personal judicial, destacándose  jueces y juezas, empleados y empleadas y obreros y obreras, en todo el territorio nacional; de igual modo fueron suspendidos todos los procedimientos conciliatorios y conflictivos, promovidos y en trámite por las Organizaciones Sindicales, en procura de una nueva convención colectiva y mejores reivindicaciones salariales y socioeconómicas para los trabajadores y trabajadoras judiciales.

            La Comisión de Emergencia Judicial, fue integrada por tres Comisionados que a su vez eran miembros de la Asamblea Nacional Constituyente a saber: Dr. Manuel Quijada, Dra. Nelly Morillo y Dr. Elías Portillo; dicha Comisión, asumió las atribuciones constitucionales y legales del extinto Consejo de la Judicatura; y en el tiempo que funcionó fue afectada la estabilidad laboral de más del 50% de los jueces y juezas y de un significativo número de trabajadores y trabajadoras; y con ello se inició un proceso de reestructuración en el Poder Judicial, cuyo principal blanco ha sido la estabilidad laboral.           

            Entre los meses de noviembre y diciembre de 1999, la Organización Sindical SUONTRAJ, desarrolló una huelga, debidamente tramitada por el Ministerio del Trabajo, que tuvo el objetivo de frenar los atropellos a la estabilidad laboral y exigir la discusión de la segunda convención colectiva de trabajo, por parte de la Comisión de Emergencia Judicial y del casi extinto (para la época) Consejo de la Judicatura; el saldo finalizada la huelga fue de dos directivos sindicales destituidos, tres sometidos a procedimientos disciplinarios y algunos trabajadores despedidos de sus cargos.

            De lo narrado hasta el momento, se desprende que desde mediados de 1999 y al inicio del año 2000, la flexibilización de la estabilidad laboral del personal judicial, ha sido uno de los principales objetivos de las Altas Autoridades Judiciales o Patronal Judicial, y desde ese tiempo ha sido la más relevante, significativa y terrorista amenaza que ha pesado sobre los hombros de los trabajadores y trabajadoras judiciales y de los sindicatos progresistas del Sector Justicia, como el SUONTRAJ.

            Ya estando en plena vigencia la nueva Constitución Bolivariana de 1.999, se puso en funcionamiento, por mandato de una de sus Disposiciones Transitorias, la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial, presidida por el Dr. Manuel Quijada; esa Comisión sustituyó de manera provisional al extinto Consejo de la Judicatura, hasta tanto el Tribunal Supremo  de Justicia creare su Dirección Ejecutiva de la Magistratura; asimismo, la Comisión continúo con la política de flexibilización laboral iniciada por la Comisión de Emergencia Judicial; y a través de una resolución de fecha 08 de Marzo de 2.000, ratificó de nuevo la suspensión de la estabilidad laboral del personal tribunalicio y de todo proceso en curso de negociación colectiva.

            Contra la resolución dictada por la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial, el SUONTRAJ, interpuso un Recurso de Amparo Constitucional, por ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, el cual fue declarado SIN LUGAR, lo que dejó en pleno vigor la suspensión de la estabilidad laboral de los trabajadores y trabajadoras judiciales; y por supuesto hubo continuación de retiros y despidos, alegándose la reestructuración del Poder Judicial, ejecutados por la Comisión Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial.
           
Con fecha 15 de Agosto de 2.000, la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, aprobó la creación de su Dirección Ejecutiva de la Magistratura, y fue nombrado al frente de la misma, el varias veces mencionado Dr. Manuel Quijada, como Coordinador General de la misma; es importante resaltar que luego de la puesta en funcionamiento de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, la política de inestabilidad laboral persistió, y la base laboral y los sindicatos progresistas estuvieron impedidos legalmente de iniciar procesos de huelgas o conflictivos, dada la suspensión de la estabilidad laboral y de la negociación colectiva.

            Para el mes de abril de 2.001, la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, designó una nueva Coordinación de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura colegiada, integrada por un Coordinador General y dos Coordinadores, de nombres: Dr. Rafael Roversi Thomas, como Coordinador General y Lic. Abraham Pineda Bello y Dr. Elías Cordero, como Coordinadores; y a su vez la Sala Plena Decretó un nuevo proceso de Reestructuración en el Poder Judicial Venezolano.

            En ese año 2.001, las Organizaciones Sindicales SUONTRAJ y SUNEP-JUDICATURA, entre el mes de julio y agosto, iniciaron una huelga indefinida, que culminó con un Acta de Acuerdos el 14 de agosto de ese año; pero  con el descuento de una quincena de salarios a todos los trabajadores y trabajadoras judiciales que participaron en la huelga declarada por los sindicatos promoventes de la misma.

            Se resalta que todos los acuerdos suscritos fueron de manera deliberada incumplidos por la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, y como retaliación en contra de los trabajadores y trabajadoras judiciales que intervinieron el proceso huelgario, para el mes de septiembre de 2.001, luego de las Vacaciones Judiciales, el Coordinador General de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, despidió en un mismo día a Un Mil Doscientos Setenta y Cinco (1.275) trabajadores y trabajadores judiciales, a toda la Junta Directiva de la Federación Nacional de Sindicatos de Trabajadores Tribunalicios (FENATRAT) y solicitó la calificación de despido de todos los miembros principales y suplentes de las directivas de los sindicatos SUONTRAJ y SUNEP-JUDICATURA.

            Como consecuencia de esas actuaciones de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, quedó evidenciada la política de flexibilización y de terrorismo laboral, iniciada a finales de 1.999, en contra de los trabajadores y trabajadoras judiciales de Venezuela, lo cual produjo una inmovilización por el temor a ser despedidos o vulnerados en sus ingresos salariales; y la arremetida en contra de las organizaciones sindicales ha sido ejercida sin respeto alguno a la libertad sindical y al fuero sindical, en momentos solapada y en momentos abierta y descarada.

            Luego del golpe de estado de fecha 11 de Abril de 2.002, en contra del Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, designó a la Magistrada Dra. Yolanda Jaimes Guerrero, como Coordinadora General Ad Honoren de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura y como Coordinador al Dr. Rafael Ricardo Jiménez Dan; en el período que va desde la designación de la mencionada Magistrada y hasta su sustitución por el ex magistrado destituido Luis Velazquez Alvaray, hubo una relativa “paz laboral” y un moderado respeto hacia la estabilidad laboral de los trabajadores y trabajadoras judiciales y hacia los sindicatos del sector, pues en ese período la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, accedió a la instalación de la Comisión Negociadora de la Segunda Convención Colectiva por ante el Ministerio del Trabajo, con las organizaciones sindicales; lo cual abarcó el lapso de tiempo antes señalado.

Resulta importante destacar la actitud conciliadora de parte de la Dirección Ejecutiva de a Magistratura, generada desde su Dirección General de Recursos Humanos, encabezada por el Dr. Roberto Soto Hunnicut.

La mencionada, entre comillas “paz laboral”, duró hasta el 09 de junio de 2.005, fecha en la que se suscribió la Segunda Convención Colectiva de Trabajo del Poder Judicial, en un acto celebrado en el patio central de la sede la Dirección Ejecutiva de la Magistratura.

La llegada de nuevas autoridades a la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, en febrero de 2.005, también trajo consigo el flagelo de la corrupción administrativa, reflejada en las negociaciones y compra venta de terrenos con la excusa de la construcción de ciudades judiciales en todo el territorio nacional, lo cual de manera oportuna y con pruebas fue denunciado públicamente por la Organización Sindical SUONTRAJ, todo ello a la postré generó la intervención del Ministerio de Relaciones Interiores y Justicia, del Consejo Moral Republicano, de la Fiscalía General de la República y de la Asamblea Nacional, que arrojó la destitución del Director Ejecutivo de la Magistratura ex magistrado Luis Velazquez Alvaray, para principios del año 2.006.

Sin embargo a raíz de las denuncias formuladas por el SUONTRAJ, se evidenció una política antisindical contra sus directivos y afiliados, por agentes del ex magistrado destituido, que hasta bien avanzado el año 2.006, se mantuvieron (se mantienen) en posiciones de poder importante dentro de la estructura administrativa y jurisdiccional del Poder Judicial en Venezuela; y atrincherados en esas posiciones arremeten en contra de las organizaciones sindicales como el SUONTRAJ, puesto que para esos agentes es un enemigo a derrotar, en vista del ejercicio del derecho de Contraloría Social, que en forma permanente realiza este sindicato de trabajadores judiciales.

A partir del mes de abril de 2.006, fue nombrado el Magistrado Marcos Tulio Dugarte, como nuevo Director Ejecutivo de la Magistratura, y aún y cuando se pensó que cesarían las prácticas antisindicales profundizadas en perjuicio del SUONTRAJ, por la administración anterior; las mismas no solo se mantuvieron incólumes, sino que fueron arreciadas, con la apertura de dos procedimientos disciplinarios y el retiro y remoción de un directivo del SUONTRAJ, en el mes de mayo de 2.006, por reducción de personal.

Para el mes de noviembre de 2.006, el Magistrado Marcos Tulio Dugarte, fue sustituido en el puesto de Director Ejecutivo de la Magistratura, por el Econ. Cándido Pérez Contreras, quien se mantuvo en ese cargo hasta el 02 de abril del 2.008, dado que su nombramiento fue dejado sin efecto por la sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia; y en su lugar fue designado el abogado Francisco Ramos Marín, actual Director Ejecutivo de la Magistratura.

El año 2.008, estuvo marcado, por el insurgir de una nueva generación de trabajadoras y trabajadores judiciales, casi todos con ingreso en la primera década del Siglo XXI, pero también a la par la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, reinició las prácticas antisindicales de manera frontal contra el SUONTRAJ y sus afiliados y afiliadas, en el ámbito de todo el territorio nacional.

Durante este año 2008, se dio un evento importante, que a su vez desenmascaró las verdaderas posiciones anti;  trabajadores y anti trabajadoras judiciales por parte del Empleador; para el día 09 de abril de 2.008, a instancia de las autoridades de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, se llevó a cabo una reunión entre todas las organizaciones sindicales que hacen vida en el Poder Judicial y las máximas autoridades de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, en la que ésta última asumió relevantes compromisos en beneficio de la clase trabajadora del Poder Judicial; pero no había transcurrido un mes, desde la firma de los acuerdos, y ya el propio Director Ejecutivo de la Magistratura en fecha 13 de mayo de 2.008, anunciaba el incumplimiento de los mismos, en una reunión convocada en la sala de plenarias de ese organismo.

De inmediato el SUONTRAJ, convocó entre mayo y junio, a todos los trabajadores y trabajadoras para que participarán en Asambleas Seccionales de Protesta, por los incumplimientos a los acuerdos del acta de fecha 09 de abril de 2.008; lo que devino en un conflicto colectivo de carácter nacional; que obligó a la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, realizar un importante pago a todos los trabajadores, que satisfizo en parte las urgencias económicas de los trabajadores y trabajadoras judiciales; no obstante las graves irregularidades administrativas en la que incurrió la patronal judicial, en el manejo de un crédito adicional aprobado por la Asamblea Nacional el 02 de Abril de 2.008.

Para finales del mes de noviembre de 2.008, las organizaciones sindicales del sector judicial, fueron convocadas a una reunión donde se informó que no había dinero para el pago de los aguinaldos y el aumento del 30% Decretado por el Ejecutivo Nacional; el SUONTRAJ, al salir de esa reunión efectuó un llamado de alerta a los trabajadores, y de seguido convocó a las bases a protestar tal desmejora salarial y socioeconómica, lo cual tuvo una acogida por parte de los trabajadores y trabajadoras en el ámbito nacional; siendo su punto más culminante el 04 de diciembre de 2.008, en la toma pacifica realizada por los trabajadores y trabajadoras judiciales de la región capital, a la sede de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, que la obligó a la firma de un acta en la que se comprometió al pago de lo adeudado.
Sin embargo el año 2.009, arrancó en preconflicto.

El año 2.009, fue el año en que el SUONTRAJ denunció a la Dirección Ejecutiva  de la Magistratura por ante el Consejo Moral Republicano, y como en el 2.005 y 2006, la respuesta, ha sido arreciar las prácticas antisindicales en contra del SUONTRAJ, sus directivos nacionales, seccionales y afiliados y afiliadas.

Por su parte la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, en una clara maniobra de amedrentamiento en fecha 18 de marzo de 2.009, dictó una Resolución que decreta la Reestructuración Integral del Poder Judicial, como cortina de humo, para minimizar el accionar sindical del SUONTRAJ y para continuar con la política de flexibilización laboral en el Poder Judicial.

Contra ese injusto proceso de reestructuración se han interpuestos recursos de reconsideración  y de amparo, los cuales no han sido debidamente respondidos; asimismo, cursa una Queja por ante el Comité de Libertad Sindical de la OIT, en contra de las violaciones a la libertad sindical y la negociación colectiva en el Poder Judicial Venezolano .

Entre el mes de julio de 2.009 y lo que va del año 2.010, cerca de 500 trabajadores y trabajadoras judiciales han perdido sus puestos de trabajo y 9 directivos sindicales han sido despedidos y el resto se encuentran amenazados; lo cierto del caso es que la principal estrategia para evitar que los trabajadores y trabajadoras judiciales se movilicen por sus derechos y en defensa a su estabilidad laboral, ha sido la práctica de un terrorismo laboral aplicado de manera sistemática por parte de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura.

La práctica del terrorismo laboral, por parte de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, busca la dominación mediante el miedo, pánico, ansiedad desesperación y en definitiva el terror que se evidencia ante la amenaza de perder el trabajo por aplicarse la reestructuración decretada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia

            El terrorismo laboral en el Poder Judicial Venezolano, es sistemático y en ocasiones cíclico, siempre aplicado con la intencionalidad de inmovilizar a los trabajadores y trabajadoras judiciales, a través de la amenaza constante por parte los jefes de despachos judiciales (Presidentes de Circuitos, Jueces Rectores, Jueces Coordinadores y Jueces) de despidos y apertura de procedimientos disciplinarios por motivos desproporcionados e injustificados.

Se obliga a los trabajadores y trabajadoras judiciales, a condición de no ser despedidos a  mantener un comportamiento según los requerimientos de los jefes de despachos judiciales, y no necesariamente en procura de brindar un buen servicio al público usuario de la administración de justicia.

 De acuerdo algunos estudios del Terrorismo Laboral, éste puede causar un estrés que puede derivar en enfermedades ocupacionales y en algunos casos la muerte del trabajador y trabajadora:
Los trabajadores y trabajadoras judiciales, en las siguientes situaciones son más propensos a dejarse someter o dominar por parte de algún Jefe de Despacho Judicial:
a)      Trabajadores y Trabajadoras Judicial cuya única fuente de ingresos se encuentre en el trabajo que ejecuta,
b)      El número de personas dependientes económicamente del trabajador o trabajadora judicial
c)      Los casos de trabajadores y trabajadoras judiciales, cuya edad este por encima de 35 años de edad, el nivel académico sea bajo o preexista algún problema de índole psicológico o psiquiátrico.
d)     Aquellos trabajadores y trabajadoras judiciales que presenten una autoestima baja
e)      Los trabajadores y trabajadoras judiciales, que sufran de alguna enfermedad, como diabetes, hipertensión, problemas cardiovasculares, entre otras enfermedades.
f)       Los Trabajadores y Trabajadores en situación de contratados a tiempo determinado o contratados por honorarios profesionales o suplentes.
g)      Los trabajadores y trabajadores, que estén pagando un crédito hipotecario o créditos de otra naturaleza.
h)       Los Trabajadores y Trabajadores Judiciales que sean el único sostén de hogar y jefes de familia.
i)        Trabajadores y Trabajadoras Judiciales, cuyo trabajo en el Poder Judicial, sea su primer empleo.
j)        Los trabajadores y trabajadoras judiciales no sindicalizados o no sindicados.
k)      Los trabajadores y trabajadoras judiciales próximos a cumplir el tiempo a ser jubilados de derecho.

Corolario, es importante decir, que los trabajadores y trabajadoras judiciales juntos con las organizaciones sindicales a las que estén afiliados y afiliadas,  deben hacer un frente común a fin de detener la Política Sistemática de Terrorismo Laboral que aplica la Dirección Ejecutiva de la Magistratura del Tribunal Supremo de Justicia, para ello en primer lugar deben sindicarse sí aún no lo han hecho y en segundo lugar participar en forma proactiva y activa en las acciones sindicales que se convoquen en todo el territorio nacional.



(*) Abogado, Trabajador Social, Presidente del SUONTRAJ,
    Coordinación de la Red Andina de Trabajadores y Trabajadoras Judiciales.

5 feb 2010

Exigen el pago de deudas pendientes: Trabajadores tribunalicios amenazan con irse a paro.

            
Valencia, febrero 4 (Angélica Vásquez).- Los trabajadores activos y jubilados de los tribunales del estado Carabobo exigen a las autoridades de la magistratura pronunciarse respecto a la cancelación de las deudas pendientes, de lo contrario, amenazaron con iniciar un paro de actividades en los próximos meses.

El presidente del Sindicato Unico Organizado Nacional de Trabajadores de la Administración de Justicia (Suontraj) seccional Carabobo, Gilberto Ojeda, señaló que durante una asamblea realizada este jueves se acordó elevar ante la dirección administrativa un comunicado solicitándole una explicación sobre la situación.

"De no obtener una respuesta instaremos ante los representantes sindicales a nivel nacional, introducir un pliego conflicto", expresó.

Ojeda informó que entre las deudas contraídas se encuentran el pago del aumento salarial decretado en mayo de 2009, la cancelación de los 48 días restantes del bono navideño, la firma del contrato colectivo. Además pedirán información respecto al HCM, cuyo contrato se vence el 31 de marzo.

Por su parte, el secretario de cultura nacional de la seccional de jubilados del Suontraj, Argenis Acuña, manifestó que el grupo lucha porque se les reconozcan los mismos beneficios de los activos, como lo es el bono salud, en sustitución de las cesta tickets.

"Además le insistiremos a la organización sindical que asuma el reto de la lucha de nuestras reivindicaciones", dijo.

En cuanto al desarrollo de las actividades judiciales ante la implementación del nuevo horario de trabajo, ordenado por el Gobierno nacional, Ojeda resaltó que esta medida está generando retrasos en los procesos.

"Este plan preventivo esta retrasando más los procesos, porque es imposible satisfacer las necesidades en cinco horas, por más que uno coordine el trabajo", indicó.

Además, destacó que esta normativa ha traído como consecuencias que se apliquen medidas de presión sobre los funcionarios y empleados tribunalicios.

"Según la circular número 010-2010, emitida por las autoridades del Poder Judicial en Carabobo, los funcionarios que ingresen después de las 7:59 de la mañana, deberán dirigirse a sus supervisores inmediatos, quienes decidirán las acciones del caso; lo que ha generado presión en el ambiente laboral", mencionó.

FUENTE: NOTITARDE.COM
FOTO: CARLOS DÍAZ